Trabajo en negro

El trabajo en negro es aquél denominado cuando al relación laboral no se encuentra registrada. Es decir, el trabajador cobra un sueldo “en negro”, no se realizan los aportes y contribuciones de ley al sistema de seguridad social, no fue dado de alta en AFIP, etc. En estos casos, la ley protege a los trabajadores otorgándole indemnizaciones especiales a su favor.

Esta situación le otorga al trabajador una seria de indemnizaciones adicionales a su favor.

Para el cálculo, se deberá sumar todos los sueldos desde la real fecha de ingreso hasta el momento en que el trabajador se tuvo que dar por despedido, y se cobrará el 25% correspondiente a esa suma total.

Se pueden además dos situaciones especiales

– Que el trabajar cobre parte de su sueldo en negro. Es decir, relación laboral parcialmente registrada.

– Que la fecha de ingreso consignada por el empleador sea distinta a la real

En estos dos casos también aplican las multas de la L.E. (Arts. 9 y 10).

Es importante destacar que este reclamo se debe hacer mediante abogados, intimando por telegrama laboral y notificando asimismo a la AFIP.

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